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extracción, con respecto a la calidad “Aceite de oliva (extra) virgen obte- interno en el territorio. En cambio, no
sensorial y fisicoquímica del producto. nido en…a partir de aceitunas cose- pueden prohibir la comercialización en
De hecho, el envase de aceite satisfa- chadas en…”. El nombre del estado el territorio de las mezclas producidas
ce la curiosidad sobre el origen y las miembro puede ser reemplazado por por otros estados y prohibir la produc-
características mediante la etiqueta, eti- una referencia comunitaria; si resulta ción de mezclas para comercialización
queta en la parte posterior o rótulo de necesario indicar más estados, deben en otro estado miembro o para expor-
papel adherido al envase, especialmente ser citados en orden decreciente con tación. Esta reglamentación puso fin a
cuando se adquieren envases especiales relación a la cantidad aportada. un argumento ancestral en donde las
en la distribución organizada. Por lo granjas italianas eran penalizadas, par-
tanto, los elementos para el envasado 3. Mezcla de aceites comunitarios y/o ticularmente en mercados no comunita-
han adquirido un papel relevante en la no comunitarios; en este caso, el rios en donde no competían a la par con
comunicación, no solo de las caracte- modo de indicación de origen es el otros estados miembros por la oferta de
rísticas del producto sino también de siguiente: mezclas de aceite. De hecho, este tipo
su historia, apelando a las emociones de producto es demandado particular-
que están más vinculadas, por ejemplo, a. “Mezcla de aceites de oliva comunita- mente en los mercados estadounidenses
a los aceites orgánicos, en los cuales la rios” o una referencia a la comunidad. y asiáticos.
etiqueta puede evocar la calidad ade-
cuada de la agricultura orgánica. b. “Mezcla de aceites de oliva no comu- El etiquetado en los envases de aceite
nitarios” o una referencia al origen de oliva puede ser:
La nueva Reglamentación 182/2009/ no comunitario.
CE (Diario Oficial de la Unión Europea, - Principal, normalmente rectangular,
2009) estableció que el etiquetado debe c. “Mezcla de aceites de oliva comu- de gran tamaño, obligatorio y refe-
indicar obligatoriamente el origen de los nitarios y no comunitarios” o una rido a todos los términos requeridos
aceites de oliva virgen y extra virgen. referencia al origen comunitario y no por las reglamentaciones.
Esta norma no se refiere a los aceites de comunitario.
oliva con indicación geográfica protegi- - Etiqueta posterior, no siempre pre-
da (IGP) o denominación de origen pro- Con respecto a la indicación sobre las sente, de menor tamaño, y general-
tegida (DOP) porque estos están some- características sensoriales, la Reglamen- mente ubicada en la parte posterior
tidos a otra normativa específica que es tación 182/2009/CE sancionó que solo de la botella.
la Reglamentación 510/2006/CE (Diario deben informarse en el etiquetado de los
Oficial de la Unión Europea, 2006). aceites de oliva virgen y extra virgen, La etiqueta obligatoriamente debe
además de confirmar su carácter volun- indicar:
La Reglamentación 182/2009/CE defi- tario. Es más, los adjetivos relacionados
nió tres categorías para indicar el origen con un atributo positivo del aceite (por • Nombre comercial y de venta del
del aceite de oliva: ejemplo, “intenso”, “mediano”, “livia- aceite.
no”, vinculado a frutal, verde, maduro,
1. El aceite obtenido en el mismo estado etc.) solo se admiten si derivan de una • Categoría del aceite según la Regla-
miembro donde se cosechan las acei- evaluación objetiva basada en el método mentación 1019/02/CE, artículo 3
tunas; en este caso, el origen puede del Consejo Oleícola Internacional des- (Diario Oficial de la Unión Europea,
ser evocado indicando el nombre del crito en el anexo XII de la Reglamen- 2002). En el caso del aceite de oli-
estado seguido por las frases “Produ- tación 2568/91/CE (Diario Oficial de la va extra virgen: “Aceite de oliva de
cido en”, “Obtenido en”, y también Unión Europea, 1991) y sus revisiones. categoría superior obtenido directa-
"Cien por ciento producido en". El La Reglamentación 182/2009/CE es una mente de aceitunas y solo por extrac-
nombre del estado miembro puede ser especie de victoria italiana que permite ción mecánica”.
reemplazado por una referencia comu- reconocer la posibilidad de indicar la
nitaria. La leyenda “Producido en Ita- zona de producción de los aceites de oli- • Ubicación de la planta de producción
lia” solo está permitida si el 100 % va en una reglamentación comunitaria. o envasado.
de las aceitunas son producidas y
molidas en Italia. El tema de mezclar el aceite de oliva • Lote de envasado.
con otros aceites vegetales también se
2. El aceite obtenido en un estado miem- encuentra bien definido en la nueva • Volumen del producto (por ejemplo,
bro de aceitunas provenientes de otros Reglamentación que establece que los 0,75 L seguido por el símbolo).
estados miembros; en este caso, la estados miembros pueden prohibir la
indicación del origen puede decir producción de mezclas para consumo • Fecha de consumo preferente (por
586 A&G 105 • Tomo XXVI • Vol. 4 • 576-588 • (2016)